Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 47

En vigor desde 16 abr 2023
1. Corresponde también a la administración de la Comunidad Autónoma la emisión de las memorias del análisis de impacto normativo que deben acompañar a los anteproyectos de ley y a los proyectos de disposiciones generales de la Comunidad de Madrid, que incluirán el impacto de la normativa en la infancia, en la adolescencia y en la familia, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 quinquies de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero. 2. El citado informe analizará y evaluará los resultados que se puedan seguir de la aprobación de la norma desde la perspectiva de los derechos de la infancia y la adolescencia, y el apoyo a las familias y la contribución a su cumplimiento, a partir de los indicadores de partida y de previsión de resultados e impacto.
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eli/es-md/l/2023/03/22/4#art-47

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