Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 34
En vigor desde 10 may 2023
1. Las administraciones públicas valencianas planificarán y desarrollarán programas de formación en materia de participación ciudadana destinados al conjunto de la ciudadanía, desde las edades más tempranas, y a las entidades ciudadanas.
2. La Generalitat, a través del órgano administrativo responsable de la formación, implementará acciones formativas para formar al personal a su servicio tanto en conocimientos sobre los mecanismos y espacios de participación ciudadana como en las obligaciones que sobre este tema han adquirido las administraciones públicas.
3. Las entidades locales promoverán la formación en participación ciudadana del personal a su servicio.
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Proeli/es-vc/l/2023/04/13/4#art-34