Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

En vigor desde 10 may 2023
Son fines de la presente ley: 1. Promover e impulsar la participación de la ciudadanía y facilitar que pueda tener un papel protagonista en las políticas públicas y en la toma de decisiones. 2. Incorporar los conocimientos y experiencias de la ciudadanía en la elaboración de las políticas públicas y la evaluación de los resultados alcanzados. 3. Promover y hacer accesible la participación de todos los sectores de la población valenciana, con atención a los colectivos más vulnerables y especialmente de los niños, niñas y adolescentes mediante las necesarias adaptaciones. 4. Impulsar una cultura participativa y poner en marcha estrategias educativas para sensibilizar y formar en participación desde la infancia. 5. Acercar la acción de gobierno de las entidades públicas a la ciudadanía y establecer mecanismos de participación ciudadana a través de la escucha activa de la ciudadanía. 6. Establecer la obligatoriedad de los mecanismos de rendición de cuentas de la acción de gobierno y su control por parte de la ciudadanía. 7. Fortalecer la vertebración de la sociedad civil por medio de la promoción y fomento del asociacionismo. 8. Favorecer la cooperación y colaboración entre la administración de la Generalitat y la local en cuanto a la gestión y fomento de la participación ciudadana y el asociacionismo. 9. Mejorar y fortalecer la comunicación entre la acción de gobierno y la ciudadanía. 10. Mejorar la eficacia en la acción política participativa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2023/04/13/4#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil