Título TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 29 jul 2022
1. El punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites será www.juntaex.es en el plazo de dos meses desde la fecha de aprobación de esta ley o aquel otro que se determine posteriormente mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura. 2. Los órganos responsables de portales de internet, aplicaciones móviles y redes sociales no institucionales elaborarán la memoria para la inscripción en el inventario de activos de información en el plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor de esta ley.
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eli/es-ex/l/2022/07/27/4#disposicion-transitoria-segunda

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