Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. Disposición adicional vigésima séptima

En vigor desde 1 ene 2021
De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo del artículo 132 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia, los diferentes importes en función de la cualificación y disponibilidad requerida por la modalidad de acogimiento, de las necesidades de la persona acogida, o de otras circunstancias que afecten notablemente a la incidencia del acogimiento en la situación económica familiar para el ejercicio 2021, figuran en el anexo V de esta ley.
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eli/es-vc/l/2020/12/30/4#disposicion-adicional-vigesima-septima

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