Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 24

En vigor desde 4 dic 2020
El Gobierno, con anterioridad al 1 de abril de 2021, aprobará, previa negociación en las correspondientes mesas de negociación, un decreto por el que se regule la prestación del servicio en la modalidad no presencial mediante la fórmula del teletrabajo para el personal al servicio de la Administración pública de Comunidad Autónoma de Canarias y las entidades públicas adscritas, vinculadas o dependientes de su sector público.
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eli/es-cn/l/2020/11/26/4#art-24

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