Art. 14

En vigor desde 16 ene 2021
El período de liquidación coincidirá con el trimestre natural. Los contribuyentes deberán presentar las autoliquidaciones correspondientes e ingresar la deuda tributaria en el lugar, forma y plazos que se establezca por orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda.
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eli/es/l/2020/10/15/4#art-14

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