Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 68

En vigor desde 26 nov 2019
A la Tesorería le corresponderá la disposición y custodia de los fondos, valores y efectos del Consejo Andaluz de Cámaras, en la forma que el Pleno determine, de conformidad con las previsiones del Reglamento de Régimen Interior.
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eli/es-an/l/2019/11/19/4#art-68

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