Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 1 sept 2017
1. Al objeto de garantizar la correcta lectura del anexo cartográfico del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en el Parlamento de Canarias y en la consejería competente en materia de medioambiente existirá copia de dicho anexo, a escala 1:5.000.
2. El Parlamento remitirá copia auténtica a cada uno de los cabildos insulares de los planos de los espacios naturales protegidos de su respectiva isla.
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Proeli/es-cn/l/2017/07/13/4#disposicion-adicional-sexta