Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 121
En vigor desde 1 sept 2017
1. Los planes territoriales estarán integrados, al menos, por los siguientes documentos:
a) Documentos de información, que estarán integrados por la memoria y los planos de información.
b) Documentos de ordenación, que estarán integrados por la memoria justificativa de la ordenación, los planos de ordenación, la normativa, el programa de actuación y el estudio económico-financiero.
c) Documentación ambiental.
2. También forman parte del contenido documental del plan los informes de contestación a las alegaciones presentadas en los trámites preceptivos de participación pública y de consulta correspondientes a las distintas fases de su tramitación.
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Proeli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-121