Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 31
En vigor desde 20 may 2015
Con el objeto de facilitar el acceso de personas en situaciones sociales complejas a los programas de desintoxicación, deshabituación y reducción de daños en centros especializados, se establecen las siguientes garantías:
a) El ingreso en un centro especializado no conllevará la suspensión de ninguna subvención, ayuda o prestación de carácter social de la Administración del Principado de Asturias de la que pudiera ser beneficiario.
b) Cuando el ingreso implique la pérdida de los recursos económicos de una unidad familiar que genere una situación de emergencia social, se podrán solicitar las prestaciones contempladas en el sistema público de servicios sociales, de acuerdo con su normativa específica.
c) Los recursos sociales y sanitarios se coordinarán especialmente para la atención de las necesidades de las personas con familiares a cargo que deban ingresar en un centro especializado.
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Proeli/es-as/l/2015/03/06/4#art-31