Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

En vigor desde 11 abr 2015
La actividad comercial en Aragón se ejercerá en el marco del respeto a los siguientes principios: a) Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. b) Respeto de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios. c) Libre circulación de mercancías dentro del territorio español y comunitario. d) Libertad de establecimiento y de prestación de servicios. e) Protección y conservación del medio ambiente. f) Protección del patrimonio histórico, artístico y cultural aragonés. g) El desarrollo territorial equilibrado y sostenible de las actividades comerciales en el ámbito de Aragón. h) La promoción de la igualdad de oportunidades y la formación técnica y profesional de las personas comerciantes y trabajadores del sector comercial, así como el respeto a los derechos laborales en general y a las normas en materia de prevención de riesgos laborales en particular.
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eli/es-ar/l/2015/03/25/4#art-3

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