Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección III. Planificación sectorial con incidencia territorial

Art. 25

En vigor desde 19 abr 2015
La participación de la Junta de Castilla y León en el proceso de planificación hidrológica estará orientada a la conservación de los valores bióticos que están condicionados por la gestión del recurso hídrico. En especial, se buscará garantizar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las especies y hábitats ligados a los cursos o masas de agua o a condiciones hídricas particulares.
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eli/es-cl/l/2015/03/24/4#art-25

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