Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección III. Otras medidas complementarias
Art. 104
En vigor desde 19 abr 2015
La consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural podrá elaborar planes o estrategias horizontales dirigidos a problemáticas que afectan al conjunto de especies de la flora o fauna silvestre o a grupos de especies.
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Proeli/es-cl/l/2015/03/24/4#art-104