Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 18

En vigor desde 3 ago 2015
1. El proceso de reestructuración parcelaria comprenderá las siguientes fases: a) Bases de reestructuración parcelaria. b) Acuerdo de reestructuración parcelaria. c) Acta de reorganización de la propiedad. 2. En el procedimiento de reestructuración parcelaria se incluyen las siguientes actuaciones complementarias y necesarias para el desarrollo del mismo: a) La preparación de los planos parcelarios cartográficos. b) La elaboración del documento ambiental previo y del estudio de impacto ambiental, en su caso. c) La elaboración del Plan de ordenación de fincas de especial vocación agraria. d) La elaboración del plan de obras. e) El replanteo de las fincas de reemplazo. f) La inmatriculación registral de las mismas. 3. Asimismo, forman parte del procedimiento de reestructuración parcelaria el conjunto de las actuaciones sobre las infraestructuras señaladas en el apartado 2 del artículo 8, y que se desarrollan en el título VI. 4. Se determinarán reglamentariamente los procedimientos técnicos de ejecución de las diferentes operaciones que forman parte de dichas actuaciones.
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eli/es-ga/l/2015/06/17/4#art-18

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