Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 5.ª Reglas especiales para el régimen sancionador del transporte público urbano de viajeros en vehículos de turismo (auto-taxis)›§ Subsección 3.ª La caducidad y la revocación de la licencia municipal de auto-taxi y la revocación del permiso municipal de taxista
Art. 110
En vigor desde 29 jun 2014
1. El permiso municipal de taxista caducará por las siguientes causas:
a) No haber solicitado o superado la renovación del permiso. El ayuntamiento podrá regular las causas de subsanación, en su caso, de la caducidad del permiso municipal.
b) La defunción, la jubilación total o la incapacidad laboral permanente del titular para ejercer la profesión.
c) La caducidad o la privación definitiva del permiso de conducción de la clase BTP.
d) La resolución firme de revocación del permiso municipal de taxista.
2. El ayuntamiento resolverá la caducidad del permiso municipal de taxista previa tramitación del correspondiente expediente, que podrá incoarse de oficio o a partir de la denuncia de un particular.
3. Los permisos municipales no se renovarán cuando se encuentren en alguna de las causas de caducidad.
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Proeli/es-ib/l/2014/06/20/4#art-110