Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 4.ª Ejecución
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 19 ago 2013
A los funcionarios de los cuerpos de policía local en situación de segunda actividad que durante el año 2013 cumplan las edades que prevé la Ley 6/2005, de 3 de junio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, les será de aplicación esta norma a los efectos de solicitud de pasar a la segunda actividad por razón de edad.
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Proeli/es-ib/l/2013/07/17/4#disposicion-transitoria-cuarta