Art. 2

En vigor desde 25 may 2006
La presente Ley es de aplicación a todos los árboles o ejemplares arbóreos definidos en el artículo anterior, que radiquen en el territorio de la Comunitat Valenciana, independientemente de la naturaleza y propiedad del suelo sobre el que se asienten.
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eli/es-vc/l/2006/05/19/4#art-2

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