Título TÍTULO V

Art. 76

En vigor desde 2 jun 2006
La Consejería competente, en el marco del Programa Director de Conservación de la Naturaleza, elaborará una imagen gráfica corporativa común, coherente y característica, a emplear en las diversas acciones y medidas que para la conservación de los espacios naturales y las especies silvestres se emprendan, estableciéndose reglamentariamente las condiciones para su uso y empleo por parte de terceras personas.
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eli/es-cb/l/2006/05/19/4#art-76

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