Título TÍTULO V
Art. 76
En vigor desde 3 mar 2005
La responsabilidad administrativa por infracciones cometidas en materia de igualdad de mujeres y hombres se imputa a la persona física o jurídica que cometa las acciones y omisiones tipificadas en este capítulo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.
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Proeli/es-pv/l/2005/02/18/4#art-76