Título TÍTULO V
Art. 99
En vigor desde 3 jul 2004
La Generalitat fomentará la utilización de los cauces de participación existentes y creará aquellos otros que sean necesarios para facilitar, fomentar y garantizar la participación institucional y de los ciudadanos en la toma de decisiones en materia de ordenación del territorio.
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Proeli/es-vc/l/2004/06/30/4#art-99