Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final primera
En vigor desde 25 jun 2004
En lo no previsto en el Capítulo III y Capítulo IV del Título II será de aplicación, con carácter supletorio, lo dispuesto en el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobado por el Decreto 118/1973, de 12 de enero.
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