Art. 4
En vigor desde 4 jun 2002
El colegio se relacionará con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica en todas las cuestiones relativas a aspectos corporativos e institucionales, y con la Consejería que ostente las competencias en materia de sanidad en lo referente a los contenidos profesionales.
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Proeli/es-cn/l/2002/05/20/4#art-4