Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Las cooperativas agroalimentarias

Art. 114

En vigor desde 15 jul 2018
Las cooperativas agroalimentarias podrán desarrollar operaciones con terceros no socios hasta un límite máximo del 50 por 100 de las realizadas por los socios para cada tipo de actividad desarrolladas por aquella. Se modifica por el art. único.40 de la Ley 2/2018, de 18 de junio. Ref. BOE-A-2018-9339

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eli/es-cl/l/2002/04/11/4#art-114

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