Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
En vigor desde 18 feb 2001
La resolución de concesión de licencia deberá identificar con suficiente precisión al titular de la misma, incluyendo su nombre o razón social, documento nacional de identidad o código de identificación fiscal y domicilio, denominación, situación y aforo del establecimiento o instalaciones, clase de actividad según catálogo y, en su caso, las medidas o condiciones especiales que se consideren necesarias, al margen de las generales que implique la licencia.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2000/10/25/4#art-10