Título TÍTULO III

Art. 26

En vigor desde 30 abr 1993
Los titulares de los Fondos y Centros de Archivo y de los documentos constitutivos de Patrimonio Documental Madrileño están obligados a su custodia, conservación, organización, control, recuperación y servicio, y al cumplimiento de cualesquiera otros deberes y cargas en relación con los mismos, impuestos por la normativa vigente.
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eli/es-md/l/1993/04/21/4#art-26

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