Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección II. Sistemas de selección
Art. 55
En vigor desde 12 ago 1992
Las calificaciones asignadas por los centros de formación responsables del curso y prácticas serán vinculantes para el órgano de la Administración a la que competa efectuar el nombramiento como funcionario de carrera, sin perjuicio de que éste pueda proceder a su revisión en la forma prevista en la normativa reguladora del procedimiento administrativo.
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Proeli/es-pv/l/1992/07/17/4#art-55