Art. 1

En vigor desde 5 may 1989
1. La provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid, catalogados en las relaciones de los mismos como reservados a funcionarios de carrera para su cobertura mediante concurso de méritos, se llevará a cabo mediante convocatoria publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». 2. En las convocatorias de concurso deberán incluirse, en todo caso, los siguientes datos y circunstancias: – Denominación, nivel y localización del puesto. – Requisitos indispensables para desempeñarlo. – Baremo de puntuación de los méritos. – Puntuación mínima para la adjudicación de las vacantes convocadas. Anunciadas las convocatorias, se concederá un plazo de quince días hábiles, desde la publicación de la misma, para la presentación de solicitudes.
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eli/es-md/l/1989/04/06/4#art-1

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