Título TÍTULO VII
Art. Disposición adicional vigésima sexta
En vigor desde 21 dic 2022
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana deberá realizar un estudio sobre el ancho de vía de la red, con el objeto de definir una estrategia global de explotación a medio y largo plazo para toda la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG).
Este documento se elaborará a los meros efectos de la evaluación y mejor toma de decisiones en el futuro, conociendo las opciones para cada tramo, así como los escenarios de implantación.
Se añade por el .66 de la Ley 26/2022, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-21574#ap
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2015/09/29/38#disposicion-adicional-vigesima-sexta