Título TÍTULO XI

Art. 167 ter

En vigor desde 1 jul 2021
Los órganos de gestión tributaria podrán girar la liquidación provisional que proceda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, incluso en los supuestos a los que se refiere en el artículo siguiente. Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el .26 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872#ad , entra en vigor el 1 de julio de 2021, según determina su disposición final octava. Se añade, con efectos de 1 de julio de 2021, por el .26 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872#ad Se añade por el .9 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-24357 .

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eli/es/l/1992/12/28/37#art-167-ter

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