Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Determinación de la cuota líquida autonómica
Art. 78
En vigor desde 28 dic 2012
(Suprimido)
Se suprime, con efectos desde el 1 de enero de 2013, por el .6 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15650 . Se modifica por la disposición final 2.13 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20375 Esta modificación entra en vigor y surte efectos desde el 1 de enero de 2010, según establece la disposición final 5.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2006/11/28/35#art-78