Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 34
En vigor desde 6 oct 2011
Los empresarios y trabajadores, a través de sus organizaciones representativas, participarán en la planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la salud laboral, en los distintos niveles territoriales.
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Proeli/es/l/2011/10/04/33#art-34