Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 32

En vigor desde 6 oct 2011
La salud laboral tiene por objeto conseguir el más alto grado de bienestar físico, psíquico y social de los trabajadores en relación con las características y riesgos derivados del lugar de trabajo, el ambiente laboral y la influencia de éste en su entorno, promoviendo aspectos preventivos, de diagnóstico, de tratamiento, de adaptación y rehabilitación de la patología producida o relacionada con el trabajo.
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eli/es/l/2011/10/04/33#art-32

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