Título TITULO III›Capítulo CAPITULO I›Secc. Sección 3.ª Normas generales del personal funcionario
Art. 32
En vigor desde 1 ene 1988
La valoración y devengo de los trienios a que se refiere el artículo 23.2, B), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se efectuará de acuerdo con la normativa aplicable con anterioridad a la misma, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 34 de la presente Ley.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1987/12/23/33#art-32