Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 24 dic 2014
1. Esta ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.12.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar la legislación sobre pesas y medidas y la determinación de la hora oficial.
2. Se excluye de lo anterior el artículo 14, que se ampara en el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia sobre defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación.
3. También se excluye la disposición final tercera, que se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/l/2014/12/22/32#disposicion-final-quinta