Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 28 oct 2010
Se habilita al Gobierno para la regulación de los procedimientos necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Autoridad Catalana de Protección de Datos, sin perjuicio de la competencia de la Autoridad para concretar mediante instrucción aquellos aspectos en que sea necesario.
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Proeli/es-ct/l/2010/10/01/32#disposicion-final-segunda