Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Artículo veintiuno
En vigor desde 10 ago 1985
La Comisión de Control tiene por objeto cuidar de que la gestión del Consejo de Administración se cumpla con la máxima eficacia y precisión, dentro de las líneas generales de actuación señaladas por la Asamblea General y de las directrices emanadas de la normativa financiera.
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Proeli/es/l/1985/08/02/31#articulo-veintiuno