Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final novena

En vigor desde 11 sept 2015
En un plazo máximo de 6 meses desde la entrada en vigor de la presente ley el Gobierno, en el ámbito de sus competencias, dictará las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el mismo.
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eli/es/l/2015/09/09/30#disposicion-final-novena

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