Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 13

En vigor desde 26 sept 2010
1. Son órganos del consejo de veguería: a) El pleno. b) El presidente o presidenta. c) Los vicepresidentes. d) El gobierno. e) Las comisiones de estudio, de informe y de consulta. f) La comisión especial de cuentas. g) La comisión de coordinación territorial. 2. El régimen de funcionamiento de los órganos a los que se refiere el apartado 1 se rige por lo establecido en la presente ley y en la carta veguerial, de acuerdo con la legislación de régimen local.
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eli/es-ct/l/2010/08/03/30#art-13

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