Libro LIBRO I›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Acreditación de la aptitud para contratar›§ Subsección 3.ª Solvencia
Art. 71
En vigor desde 30 abr 2008
El órgano de contratación o el órgano auxiliar de este podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados en aplicación de los artículos anteriores o requerirle para la presentación de otros complementarios.
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Proeli/es/l/2007/10/30/30#art-71