Libro LIBRO IVTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 5.ª Resolución del contrato de suministro

Art. 275

En vigor desde 6 mar 2011
Son causas de resolución del contrato de suministro, además de las señaladas en el artículo 206, las siguientes: a) La suspensión, por causa imputable a la Administración, de la iniciación del suministro por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el contrato para la entrega, salvo que en el pliego se señale otro menor. b) El desistimiento o la suspensión del suministro por un plazo superior al año acordada por la Administración, salvo que en el pliego se señale otro menor. Se modifica por la disposición final 16.30 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo. Ref. BOE-A-2011-4117 .

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eli/es/l/2007/10/30/30#art-275

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