Libro LIBRO IV›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 192
En vigor desde 30 abr 2008
Los efectos de los contratos administrativos se regirán por las normas a que hace referencia el artículo 19.2 y por los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, generales y particulares.
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Proeli/es/l/2007/10/30/30#art-192