Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 18
En vigor desde 9 abr 2026
Las características jurídicas de los montes patrimoniales de las Administraciones públicas incluidos en el Registro de Montes Públicos de Andalucía son las siguientes:
a) Usucapión o prescripción adquisitiva únicamente por posesión pública, pacífica y no interrumpida en concepto de dueño por espacio de treinta años. Se entenderá interrumpida la posesión a efectos de la prescripción por la realización de aprovechamientos forestales, por la iniciación de expedientes sancionadores o por cualquier acto posesorio realizado por la Administración titular o gestora del monte.
b) Alienabilidad mediante permuta, enajenación mediante ley o disposición legal específica al respecto, requiriéndose informe preceptivo y vinculante de la Administración forestal y la adopción de medidas compensatorias en caso de pérdida de superficie forestal pública.
c) Posibilidad de constituir hipoteca solo sobre los aprovechamientos forestales.
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Proeli/es-an/l/2026/03/13/3#art-18