Título TÍTULO SEGUNDO

Art. Artículo noveno

En vigor desde 2 jul 2025
Las sucesivas leyes de presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La mancha incorporarán una partida presupuestaria para, en aplicación del artículo 22.2 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una subvención de concesión directa en favor de las organizaciones profesionales agrarias que hayan sido declaradas más representativas en el ámbito de Castilla-La Mancha, para las actividades de representación y colaboración ante la Administración regional y otras instituciones de dicho ámbito. En ningún caso, podrán concederse otras subvenciones en concurrencia competitiva para las mismas finalidades.
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eli/es-cm/l/2025/06/06/3#articulo-noveno

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