Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 4 may 2023
Los planes de protección civil aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley continuarán aplicándose hasta que sean sustituidos por los que se elaboren y aprueben conforme a la misma.
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eli/es-mc/l/2023/04/05/3#disposicion-transitoria-primera

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