Título TÍTULO II
Art. 9
En vigor desde 26 feb 2022
1. El estudiantado de las universidades públicas queda sujeto al régimen disciplinario establecido en este Título respecto de la actividad desarrollada en las instalaciones, sistemas y espacios de la universidad.
2. El estudiantado que colaborara en la realización de actos o conductas constitutivas de falta muy grave también incurrirá en responsabilidad disciplinaria.
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Proeli/es/l/2022/02/24/3#art-9