Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 18

En vigor desde 10 jul 2022
1. Las personas titulares y suplentes integrantes de la Comisión de la Economía Social de Canarias serán nombradas y cesadas por el consejero o consejera competente en materia de economía social, a propuesta de la entidad u órgano al que le corresponde o de las decisiones derivadas del propio consejo. 2. La duración del mandato de las personas integrantes de la Comisión de la Economía Social de Canarias será de cuatro años. 3. Las personas integrantes de la Comisión de la Economía Social de Canarias podrán ser sustituidas a iniciativa de la entidad u órgano al cual le corresponde realizar la propuesta de nombramiento.
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eli/es-cn/l/2022/06/13/3#art-18

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