Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 95

En vigor desde 1 may 2019
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha colaborará con la Red de Centros Europeos del Consumidor existentes en los Estados Miembros de la Unión Europea a través de su centro en España, con la finalidad de impulsar la gestión compartida de las reclamaciones transfronterizas que procedan, así como para promover la información y divulgación de la actividad de dicha Red de Centros.
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eli/es-cm/l/2019/03/22/3#art-95

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