Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 81
En vigor desde 1 may 2019
A elección de la empresa prestadora del servicio, se garantizará que los datos previstos en el artículo anterior:
a) Sean comunicados por la empresa prestadora directamente.
b) Sean de fácil acceso para la persona destinataria en el lugar de prestación o celebración del contrato.
c) Sean de fácil acceso para la persona destinataria por vía electrónica a través de una dirección comunicada por la empresa prestadora.
d) Figuren en todo documento informativo de la empresa prestadora que se facilite al destinatario y en el cual se presenten de forma detallada sus servicios.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2019/03/22/3#art-81