Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

En vigor desde 6 jul 2018
Serán destinatarias de las medidas previstas en esta ley las personas con discapacidad, mayores de 18 años, que por razón de la misma tengan limitada su autonomía personal para la toma de decisiones, así como que hayan residido en Castilla-La Mancha en los dos años anteriores a la solicitud de elaboración del Plan Personal de Futuro, excepto en el caso de traslado familiar por motivos de trabajo, debidamente acreditado o tener la consideración de emigrante retornado.
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eli/es-cm/l/2018/05/24/3#art-3

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